H. CABILDO 2024 – 2027

¿Qué es el Honorable Cabildo?

El Honorable Cabildo es el Órgano máximo de autoridad en el Municipio de Navojoa, al que le corresponde la
definición de las políticas de la Administración Pública, referente a leyes y reglamentos
aplicables al Municipio.

¿Quiénes integran el H. Cabildo?

El H. Cabildo esta integrado por el o la Presidente Municipal, un o una Síndico Procurador y los Regidores de los diferentes partidos, así como un regidor étnico.

¿Cúal es la Función del Presidente Municipal de Navojoa?

ARTÍCULO 64.- El Presidente Municipal es el responsable de ejecutar y comunicar las decisiones del Ayuntamiento; es su representante legal conforme a las facultades que le confiera el propio Ayuntamiento y esta Ley y deberá residir en el Municipio respectivo, durante el ejercicio de su período constitucional.

ARTÍCULO 65.- El Presidente Municipal tiene las siguientes obligaciones:

I. Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos, el Bando de Policía y Gobierno, y demás disposiciones legales del orden municipal, estatal y federal;

II. Promulgar y publicar el Bando de Policía y Gobierno, reglamentos, circulares y demás disposiciones administrativas de observancia general; III. Presidir los actos cívicos y públicos en la cabecera municipal salvo en el caso de que en el Municipio residiera habitualmente o se encontrara transitoriamente el Ejecutivo del Estado;

IV. Concurrir a las reuniones generales o regionales de Presidentes Municipales para plantear la problemática, soluciones y programas de trabajo respecto de su Municipio;

V. Celebrar, a nombre del Ayuntamiento y por acuerdo de éste, todos los actos y contratos necesarios para el despacho de los asuntos administrativos y la atención de los servicios públicos municipales;

VI. Proponer al Ayuntamiento el nombramiento del Secretario del Ayuntamiento, Tesorero Municipal, Jefe de la Policía Preventiva y al titular del Órgano de Control y Evaluación Gubernamental;

VII. Convocar al Ayuntamiento a sesiones, en la forma y términos que establezca la Ley y el Reglamento Interior respectivo y presidir las sesiones; en caso de ausencia, el encargado de presidir las sesiones será el miembro del Ayuntamiento que éste determine;

VIII. Rendir mensualmente al Ayuntamiento, un informe del estado de la administración en todos sus aspectos;

IX. Informar, en los términos del artículo 61, fracción III, inciso X, de esta Ley, anualmente a la población en sesión solemne del Ayuntamiento, del estado que guarda la administración municipal y de las labores realizadas durante ese año, debiendo recabar previamente la autorización del Ayuntamiento respecto del contenido del informe que rendirá a la población;

X. Conocer los problemas de las Comisarías y Delegaciones del Municipio, a fin de promover e impulsar su solución;

XI. Vigilar que la recaudación de la hacienda pública se haga conforme a lo dispuesto en las leyes respectivas;

XII. No desviar los fondos y bienes municipales de los programas a que estén destinados;

XIII. No cobrar personalmente o por interpósita persona, multa o contribución alguna o autorizar que oficina distinta de la Tesorería Municipal conserve fondos municipales;

XIV. Vigilar y preservar el patrimonio cultural e histórico del Municipio;

XV. Formar y actualizar el padrón municipal, cuidando de que se inscriban en éste todos los ciudadanos, expresando su nombre, edad, estado civil, nacionalidad, residencia, domicilio, propiedades, profesión, actividad productiva o trabajo de que subsistan, si son jefes de familia, en cuyo caso, se expresará el número y sexo de las personas que la formen;

XVI. Ser auxiliar de la federación en la aplicación de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, reglamentaria de los artículos 24 y 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debiendo recibir los avisos respecto a la celebración de actos religiosos y culto público con carácter extraordinario fuera de los templos y ejercer sus facultades al respecto. De igual manera, registrar los templos que existan o se abran al culto religioso, así como a los encargados de los mismos, y sus cambios, notificando de todo lo actuado a la Secretaría de Gobernación por conducto del Gobernador del Estado;

XVII. Promover y respetar los mecanismos de participación ciudadana para el desarrollo integral de los municipios;

XVIII. Llevar las estadísticas de los sectores económicos y sociales del Municipio, en los términos que señalen las leyes;

XIX. Promover la comunicación social;

XX. Ejercer funciones de conciliación y mediación, buscando la armonía de la vida comunitaria;

XXI. Auxiliar, previa solicitud, a quienes ejerzan la patria potestad en el desempeño de ésta, de conformidad con las prevenciones legales del caso;
XXII. Promover el establecimiento de hogares y guarderías infantiles, parques e instalaciones deportivas; centros de recreación formativa para menores de edad, centros de asistencia infantil, casas de cuna y establecimientos para menores huérfanos, abandonados, maltratados o de padres indigentes;

XXIII. Promover campañas de salud, alfabetización y de regularización del estado civil de las personas;

XXIV. Combatir a través de la prevención y coadyuvando con las autoridades competentes, el alcoholismo, la prostitución y la adicción a los estupefacientes y toda actividad que implique una conducta antisocial;

XXV. Cuidar de la conservación del suelo, agua, flora y fauna existentes en el Municipio, conforme a las leyes y reglamentos de la materia;

XXVI. Formar y publicar cada dos años, una lista de los ciudadanos que integrarán el Jurado Popular Federal previsto en la Fracción VI del artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme lo establecen la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y el Código Federal de Procedimientos Penales;

XXVII. Impedir a los extranjeros que se inmiscuyan en asuntos políticos;

XXVIII. Otorgar a la autoridad judicial el auxilio que demande para hacer efectivas sus resoluciones; aprehender a los delincuentes en flagrante delito y detener a algún indiciado en caso de urgencia, tratándose de delitos graves, previa petición por escrito que le gire el Ministerio Público, cuando se hubiesen actualizado los supuestos previstos en el artículo 16, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

XXIX. Imponer las sanciones en los términos que señalen las leyes y demás ordenamientos jurídicos;

XXX. Ejercer el mando de la policía preventiva y de tránsito municipal, en los términos de las leyes y reglamentos de la materia;

XXXI. No deberá utilizar a los empleados o a los cuerpos de seguridad pública y de tránsito, así como los bienes que integran el patrimonio municipal para fines particulares; y

XXXII. Las demás que se establezcan en ésta u otras leyes, reglamentos, bandos de policía y disposiciones de observancia general.

 

ARTÍCULO 66.- El Presidente Municipal tiene las siguientes facultades:

I. Autorizar el ejercicio de los recursos públicos municipales, con base en el Presupuesto de Egresos aprobado y con sujeción a las disposiciones aplicables;

II. Conceder licencias, permisos y autorizaciones que no estuvieron reservadas al Ayuntamiento, con sujeción a las leyes y reglamentos municipales, al Bando de Policía y Gobierno y a disposiciones de observancia general respectivos;

III. Ejercer las atribuciones que en el ramo de bienes mostrencos les confieran las leyes; y

IV. Las demás que se establezcan en ésta u otras leyes, reglamentos, bandos de policía y disposiciones de observancia general.

¿Cúal es la Función del Sindico Procurador?

ARTÍCULO 70.– El Síndico del Ayuntamiento, tendrá las siguientes obligaciones:

I. La procuración, defensa y promoción de los intereses municipales;

II. La representación legal del Ayuntamiento en los litigios en que éste fuere parte, así como en aquellos asuntos en los que el Ayuntamiento tenga interés jurídico, debiendo informarle trimestralmente de todos los asuntos referidos;

III. Analizar, deliberar y votar sobre los asuntos que se traten en las sesiones;

IV. Desempeñar con eficiencia las comisiones que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones;

V. Vigilar la correcta observancia de los acuerdos y disposiciones del Ayuntamiento;

VI. Desistirse, transigir, comprometerse en árbitros o hacer cesión de bienes, previa autorización expresa que en cada caso le otorgue el Ayuntamiento;

VII. Intervenir en la formulación del inventario de bienes muebles e inmuebles propiedad del Municipio, haciendo que se expresen sus valores, sus características de identificación y su destino;

VIII. Realizar las gestiones necesarias a fin de que todos los actos traslativos de dominio en que el Ayuntamiento sea parte, así como las declaratorias de incorporación y desincorporación de bienes inmuebles municipales se encuentren debidamente inscritas en el Registro Público de la Propiedad, dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se realice;

IX. Guardar y mantener actualizado el registro de las enajenaciones que realice el Ayuntamiento;

X. Vigilar, cuando no exista el órgano responsable, la construcción de los edificios públicos y de todas las fincas urbanas de particulares para evitar irregularidades que ocasionen obstáculos en la vía pública, riesgo de los peatones, interrumpan el alineamiento de las casas, calles y aceras y perjudiquen el buen aspecto de los Centros de Población o invadan bienes de uso común, dominio público y propiedad municipal;

XI. Llevar a cabo los remates públicos y demás actos en los que se involucre directamente el interés patrimonial del Municipio;

XII. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento; y
XIII. Las demás que se establezcan en ésta u otras leyes, reglamentos, bandos de policía y disposiciones de observancia general.

ARTÍCULO 71.- El Síndico del Ayuntamiento, tendrá las siguientes facultades:

I. Someter a la consideración del Ayuntamiento las medidas que estimen necesarias para el cumplimiento de esta Ley, sus disposiciones reglamentarias, bandos de policía y gobierno, circulares y demás disposiciones administrativas de observancia general en su ámbito territorial;

II. Elaborar y presentar al Ayuntamiento iniciativas de reglamentos, bandos de policía y gobierno y demás disposiciones administrativas de observancia general o, en su caso, de reformas y adiciones a los mismos;

III. Solicitar y obtener del Tesorero Municipal la información relativa a la hacienda pública municipal, al ejercicio del presupuesto, al patrimonio municipal y demás documentación de la gestión municipal necesaria para el cumplimiento de sus funciones; y

IV. Las demás que se establezcan en ésta u otras leyes, reglamentos, bandos de policía y disposiciones de observancia general.

¿Cúal es la Función de los Regidores?

Son las personas encargadas de representar a la ciudadanía en el Ayuntamiento, tanto en el Honorable Cabildo como en las Comisiones que les fueron asignadas y que pueden o no presidir. Ellos son electos por la ciudadanía y pueden o no pertenecer a algún partido político, pero su principal función es cumplir y hacer cumplir la Ley.

¿Cúal es la Función del Secretario del H. Ayuntamiento?

DE LA LEY DE GOBIENO Y ADMINISTRACION MUNICIPAL

CAPITULO SEGUNDO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DIRECTA

SECCIÓN I DE LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO

ARTÍCULO 88.- La Secretaría del Ayuntamiento estará a cargo de un Secretario, el que, sin ser miembro del mismo, deberá ser nombrado por el propio Ayuntamiento a propuesta del Presidente Municipal, así como cubrir los requisitos establecidos en el artículo 135 de la Constitución Política del Estado. Asistirá a las sesiones con voz informativa pero sin voto.

ARTÍCULO 89.- Son obligaciones del Secretario del Ayuntamiento:

I. Citar a las sesiones del Ayuntamiento, en los términos establecidos por los artículos 51 y 52 de la presente Ley;

II. Levantar las actas de las sesiones del Ayuntamiento y asentarlas en los libros respectivos, recabando las firmas que deban estamparse en los libros, por los integrantes del Ayuntamiento, en un término que no exceda de treinta días, contados a partir de la fecha de celebración de la sesión en que fue aprobada el acta respectiva.

III. Proporcionar la información que sea necesaria para el desahogo de la sesión correspondiente, 47 en los términos establecidos por el artículo 52 de la presente Ley;

IV. Atender la audiencia del Presidente Municipal, previo su acuerdo;

V. Compilar y difundir las leyes, decretos, reglamentos, publicaciones oficiales del Gobierno del Estado, circulares y órdenes relativas a los distintos sectores de la administración pública municipal;

VI. Expedir copias certificadas de documentos y constancias del archivo, de los acuerdos asentados en los libros de actas, siempre que el solicitante acredite tener un interés legítimo y no perjudique el interés público, de conformidad con lo que establece el artículo 59 de esta Ley;

VII. Refrendar con su firma los documentos oficiales emanados del Ayuntamiento o de la Presidencia, los que sin este requisito carecerán de validez;

VIII. Cumplir y hacer cumplir el Reglamento Interior, así como los acuerdos, órdenes y circulares que el Ayuntamiento apruebe y no estén encomendados a otra dependencia;

IX. Organizar, dirigir y controlar el Archivo General del Municipio y la correspondencia oficial;

X. Entregar al término de su gestión, los libros y documentos que integrarán el Archivo General del Municipio, en acta circunstanciada, en los términos de la entrega–recepción previstos en esta Ley;

XI. Expedir las constancias de residencia que soliciten los habitantes del Municipio; y

XII. Publicar en el tablero de avisos del Ayuntamiento los acuerdos y resoluciones del Ayuntamiento.

XIII. Las demás que se establezcan en ésta u otras leyes, reglamentos, bandos de policía y disposiciones de observancia general.

 

CAPÍTULO TERCERO
DEL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

ARTÍCULO 62.- El Secretario del Ayuntamiento, sin ser parte de éste, deberá concurrir a las sesiones para levantar las actas correspondientes y autentificar el proceso y acuerdos tomados por el Cuerpo Colegiado. Así mismo, tendrá voz informativa dentro de dichas sesiones, y en ningún caso tendrá derecho a voto.

C. JORGE ALBERTO ELÍAS RETES
PRESIDENTE MUNCIPAL
presidencia@navojoa.gob.mx
LIC. MARTHA ELENA ARMENTA TEJEDA. 
SINDICO PROCURADOR
sidicatura@navojoa.gob.mx
CV
Informes de la Sindico

Aún no se presentan Informes.

Regidores

C.P Marco Antonio Sánchez Acosta
CV
Contacto
Comisiones
LIC. Juan Carlos Cota Soto
CV
Contacto
Comisiones
C.P. Federico Llamas Arechiga
1
2
3
C. Roberto Encinas Acosta

Profa.  Dolores Esther Sol Rodriguez.

 

Mtra. Nancy Janeth Vizcarra Yocupicio

C. Rigoberto Aguilar Esquer
C. Socorro Valenzuela Vidrales.
Lic. Eduardo Armenta Cázares
Lic. Alejandra Tanybeth Aguayo Gallegos.
Lic. Ana Karina Cupis Millanes
Lic. Verónica Russo Gracia.

Regidores

C. Jorge García de León Morales.
CV
Contacto
Comisiones
Lic. Victor Félix Káram
CV
Contacto
Comisiones
Lic. Ayerim Karina Erro Félix
C.P. Miriam Adriana Siqueiros Zavala

Regidores

Lic. Jesús Adolfo
Domínguez López.
Mtra. Índira Esmeralda 
Miranda Cruz.
Reseña Curricular.

Educación:
-Maestría en negocios, área calidad y productividad, Universidad Tecmilenio, Cd. Obregón.
-Licenciatura en Negocios Internacionales, Instituto Tecnológico Superior de Cajeme, Cd. Obregón, Sonora.
-Curso Investigación y metodología de proyectos, Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, Puebla, Puebla.
-Curso: Marketing management, Harvard University, Boston, MA.

Idiomas:
Inglés conversacional
Francés (Nivel 3-7)

Experiencia laboral:
-Directora en Asociación distintivo Puedo
-Coordinador de Desarrollo operativo en FEMSA.
-Planner Buyer en UTC
-Asistente de exportación e importación
-Planeación en YAZAKI

Comisiones

En Construcción.

C.P Rosa Alicia Ortega Ramírez
CV
Comisiones

En Construcción

Regidora

Lic. Paulina Juliene Omaña Osuna.
1
2
3

Regidora Étnica

Lic. Olga Lydia Poqui Rabago

1.- PRESIDENTE MUNICIPAL JORGE ALBERTO ELÍAS RETES                              

2.- SINDICA PROCURADOR LIC. MARTHA ELENA ARMENTA TEJEDA              

3.- REGIDOR MARCO ANTONIO SÁNCHEZ ACOSTA                                    

4.- REGIDORA PROFA. DOLORES ESTHER SOL RODRÍGUEZ                            

5.- REGIDOR RIGOBERTO AGUILAR ESQUER                                                       

6.- REGIDORA MTRA. NANCY JANETH VIZCARRA YOCUPICIO                          

7.- REGIDOR LIC. JUAN CARLOS COTA SOTO                                               

8.- REGIDORA SOCORRO VALENZUELA VIDRIALES                               

9.- REGIDOR LIC. EDUARDO ARMENTA CÁZARES                                  

10.- REGIDORA LIC. ALEJANDRA TANYBETH AGUAYO GALLEGOS            

11.- REGIDOR ROBERTO ENCINAS ACOSTA                                                       

12.- REGIDORA LIC. ANA KARINA CUPIS MILLANES         

13.- REGIDOR C.P. FEDERICO LLAMAS ARECHIGA                            

14.- REGIDORA LILIANA VERÓNICA RUSSO GRACIA                                   

15.- REGIDOR JORGE LUIS GARCÍA DE LEÓN MORALES                              

16.- REGIDORA LIC. AYERIM KARINA ERRO FÉLIX                                         

17.- REGIDOR LIC. VÍCTOR LEONEL FÉLIX KÁRAM 

18.- REGIDORA C.P. MIRIAM ADRIANA SIQUEIROS ZAVALA                              

19.- REGIDORA MTRA. ÍNDIRA ESMERALDA MIRANDA CRUZ              

20.- REGIDOR LIC. JESÚS ADOLFO DOMÍNGUEZ LÓPEZ    

21.- REGIDORA C.P. ROSA ALICIA ORTEGA RAMÍREZ       

22.- REGIDORA LIC. PAULINA JULIENE OMAÑA OSUNA                      

23.- REGIDORA LIC. OLGA LYDIA POQUI RÁBAGO                                 

1.- HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA

C. MARCO ANTONIO SÁNCHEZ ACOSTAPRESIDENTE
C. C.P. FEDERICO LLAMAS ARÉCHIGASECRETARIO
C. ROBERTO ENCINAS ACOSTAVOCAL
C. LIC. ALEJANDRA TANYBETH AGUAYO GALLEGOSVOCAL
C. LIC. PAULINA JULIENE OMAÑA OSUNAVOCAL
C. C.P. MIRIAM ADRIANA SIQUEIROS ZAVALAVOCAL

2.- SEGURIDAD PÚBLICA Y TRANSITO MUNICIPAL

C. LIC. JESÚS ADOLFO DOMÍNGUEZ LÓPEZPRESIDENTE
C. LIC. AYERIM KARINA ERRO FÉLIXSECRETARIA
C. LIC. JUAN CARLOS COTA SOTOVOCAL
C. SOCORRO VALENZUELA VIDRIALESVOCAL
C. PROFA. DOLORES ESTHER SOL RODRÍGUEZVOCAL
C. MARCO ANTONIO SÁNCHEZ ACOSTAVOCAL

3.- DESARROLLO URBANO, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

C. RIGOBERTO AGUILAR ESQUERPRESIDENTE
C. MARCO ANTONIO SÁNCHEZ ACOSTASECRETARIO
C. MTRA. ÍNDIRA ESMERALDA MIRANDA CRUZVOCAL
C. LIC. PAULINA JULIENE OMAÑA OSUNAVOCAL
C. MTRA. NANCY JANETH VIZCARRA YOCUPICIOVOCAL

4.- EDUCACIÓN Y CULTURA.

C. MTRA. NANCY JANETH VIZCARRA YOCUPICIOPRESIDENTA
C. ROBERTO ENCINAS ACOSTASECRETARIO
C. MTRA. ÍNDIRA ESMERALDA MIRANDA CRUZVOCAL
C. PROFA. DOLORES ESTHER SOL RODRÍGUEZVOCAL
C. SOCORRO VALENZUELA VIDRIALESVOCAL

5.- DEPORTE Y RECREACIÓN.

C. LIC. EDUARDO ARMENTA CÁZARESPRESIDENTE
C. JORGE LUIS GARCÍA DE LEÓN MORALESSECRETARIO
C. RIGOBERTO AGUILAR ESQUERVOCAL
C. MTRA. ÍNDIRA ESMERALDA MIRANDA CRUZVOCAL
C. ROBERTO ENCINAS ACOSTAVOCAL

6.- GOBERNACIÓN Y REGLAMENTACIÓN.

C. LIC. EDUARDO ARMENTA CÁZARESPRESIDENTE
C. C.P. FEDERICO LLAMAS ARÉCHIGASECRETARIO
C. LIC. VÍCTOR LEONEL FELIX KARAMVOCAL
C. C.P. ROSA ALICIA ORTEGA RAMÍREZVOCAL
C. LILIANA VERÓNICA RUSSO GRACIAVOCAL

7.- SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL.

C. LILIANA VERÓNICA RUSSO GRACIAPRESIDENTA
C. LIC. PAULINA JULIENE OMAÑA OSUNASECRETARIA
C. C.P. MIRIAM ADRIANA SIQUEIROS ZAVALAVOCAL
C. LIC. ALEJANDRA TANYBETH AGUAYO GALLEGOSVOCAL
C. ROBERTO ENCINAS ACOSTAVOCAL

8.- DESARROLLO ECONÓMICO Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

C. C.P. FEDERICO LLAMAS ARÉCHIGAPRESIDENTE
C. LIC. VÍCTOR LEONEL FÉLIX KÁRAMSECRETARIO
C. LIC. JUAN CARLOS COTA SOTOVOCAL
C. MTRA. ÍNDIRA ESMERALDA MIRANDA CRUZVOCAL
C. PROFA. DOLORES ESTHER SOL RODRÍGUEZVOCAL

9.- AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO.

C. MARCO ANTONIO SÁNCHEZ ACOSTAPRESIDENTE
C. C.P. FEDERICO LLAMAS ARÉCHIGASECRETARIO
C. LIC. EDUARDO ARMENTA CÁZARESVOCAL
C. LIC. AYERIM KARINA ERRO FÉLIXVOCAL
C. LIC. PAULINA JULIENE OMAÑA OSUNAVOCAL

10.- ASUNTOS RURALES E INDIGENAS.

C. LIC. OLGA LYDIA POQUI RÁBAGOPRESIDENTA
C. LIC. JUAN CARLOS COTA SOTOSECRETARIO
C. LIC. ANA KARINA CUPIS MILLANESVOCAL
C. PROFA. DOLORES ESTHER SOL RODRÍGUEZVOCAL
C. C.P. ROSA ALICIA ORTEGA RAMÍREZVOCAL

11.- MERCADO, RASTRO Y PANTEONES

C. RIGOBERTO AGUILAR ESQUERPRESIDENTE
C. C.P. MIRIAM ADRIANA SIQUEIROS ZAVALASECRETARIA
C. SOCORRO VALENZUELA VIDRIALESVOCAL
C. ROBERTO ENCINAS ACOSTAVOCAL
C. MTRA. NANCY JANETH VIZCARRA YOCUPICIOVOCAL

12.- ASUNTOS LABORALES.

C. LIC. JUAN CARLOS COTA SOTOPRESIDENTE
C. RIGOBERTO AGUILAR ESQUERSECRETARIO
C. JORGE LUIS GARCIA DE LEÓN MORALESVOCAL
C. MTRA. NANCY JANETH VIZCARRA YOCUPICIOVOCAL
C. C.P. ROSA ALICIA ORTEGA RAMÍREZVOCAL

13.- COMERCIO Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS.

C. JORGE LUIS GARCÍA DE LEÓN MORALESPRESIDENTE
C. LILIANA VERÓNICA RUSSO GRACIASECRETARIA
C. RIGOBERTO AGUILAR ESQUERVOCAL
C. LIC. ANA KARINA CUPIS MILLANESVOCAL
C. LIC. PAULINA JULIENE OMAÑA OSUNAVOCAL

14.- ECOLOGÍA Y PRESERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y VISIÓN SUSTENTABLE.

C. LIC. ALEJANDRA TANYBETH AGUAYO GALLEGOSPRESIDENTA
C. LIC. JESÚS ADOLFO DOMÍNGUEZ LÓPEZSECRETARIO
C. MTRA. NANCY JANETH VIZCARRA YOCUPICIOVOCAL
C. LIC. ANA KARINA CUPIS MILLANESVOCAL
C. C.P. ROSA ALICIA ORTEGA RAMÍREZVOCAL

15.- ATENCIÓN A LA JUVENTUD.

C. LIC. PAULINA JULIENE OMAÑA OSUNAPRESIDENTA
C. LIC. AYERIM KARINA ERRO FELIXSECRETARIA
C. LIC. EDUARDO ARMENTA CÁZARESVOCAL
C. LILIANA VERÓNICA RUSSO GRACIAVOCAL
C. SOCORRO VALENZUELA VIDRIALESVOCAL

16.- BIENESTAR SOCIAL.

C. LILIANA VERÓNICA RUSSO GRACIAPRESIDENTA
C. SOCORRO VALENZUELA VIDRIALESSECRETARIA
C. LIC. VÍCTOR LEONEL FELIX KÁRAMVOCAL
C. LIC. ALEJANDRA TANYBETH AGUAYO GALLEGOSVOCAL
C. C.P. ROSA ALICIA ORTEGA RAMÍREZVOCAL

17.- ATENCIÓN A LA MUJER.

C. SOCORRO VALENZUELA VIDRIALESPRESIDENTA
C. MTRA. ÍNDIRA ESMERALDA MIRANDA CRUZSECRETARIA
C. LIC. AYERIM KARINA ERRO FELIXVOCAL
C. PROFA. DOLORES ESTHER SOL RODRÍGUEZVOCAL
C. LIC. OLGA LYDIA POQUI RÁBAGOVOCAL

18.- DERECHOS HUMANOS Y DERECHOS DE LOS INMIGRANTES.

C. PROFA. DOLORES ESTHER SOL RODRÍGUEZPRESIDENTA
C. LIC. OLGA LYDIA POQUI RÁBAGOSECRETARIA
C. LIC. ANA KARINA CUPIS MILLANESVOCAL
C. JORGE LUIS GARCÍA DE LEÓN MORALESVOCAL
C. MTRA. NANCY JANETH VIZCARRA YOCUPICIOVOCAL

19.- ATENCIÓN A LOS DISCAPACITADOS.

C. LIC. ANA KARINA CUPIS MILLANESPRESIDENTA
C. ROBERTO ENCINAS ACOSTASECRETARIO
C. C.P. MIRIAM ADRIANA SIQUEIROS ZAVALAVOCAL
C. MTRA. ÍNDIRA ESMERALDA MIRANDA CRUZVOCAL
C. MARCO ANTONIO SÁNCHEZ ACOSTAVOCAL

20.- PATRIMONIO CULTURAL.

C. C.P. FEDERICO LLAMAS ARÉCHIGAPRESIDENTE
C. MTRA. NANCY JANETH VIZCARRA YOCUPICIOSECRETARIA
C. JORGE LUIS GARCÍA DE LEÓN MORALESVOCAL
C. PROFA. DOLORES ESTHER SOL RODRÍGUEZVOCAL
C. C.P. ROSA ALICIA ORTEGA RAMÍREZVOCAL

21.- COMISIÓN ANTICORRUPCIÓN.

C. LIC. JUAN CARLOS COTA SOTOPRESIDENTE
C. C.P. FEDERICO LLAMAS ARÉCHIGASECRETARIO
C. PROFA. DOLORES ESTHER SOL RODRÍGUEZVOCAL
C. C.P. ROSA ALICIA ORTEGA RAMÍREZVOCAL
C. LIC. VÍCTOR LEONEL FÉLIX KÁRAMVOCAL

No se han presentado Iniciativas.

2024

III Trimestre

Ver Histórico en Portal de la Secretaría del H. Ayuntamiento.