Marco Legal
CLAUSULA DE LA CONCERTACIÓN
DECIMA PRIMERA.- “EL CONCESIONARIO”, se obliga a proporcionar a “EL AYUNTAMIENTO” por conducto de Sindicatura Municipal en el mes de Abril de cada Año, los estados financieros y los comprobantes de haber cumplido con cada una de sus obligaciones fiscales así como el informe correspondiente al ejercicio fiscal inmediato, anterior que contenga los contactos técnicos, administrativos y estadísticos que permita conocer fehacientemente la forma de explotar la concesión, en relación con los intereses de “EL AYUNTAMIENTO”, sin prejuicio de proporcionar en cualquier tiempo, y previo en cumplimiento de las formalidades legales aplicables, aquellos datos o documentos que requiera “EL AYUNTAMIENTO”.