Estructura

Artículo 85

Artículo 85.- Además de lo dispuesto en el artículo 81 de esta Ley y lo establecido en el artículo 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los Ayuntamientos en el Estado deberá poner a disposición del público y mantener actualizada, en términos de lo establecido en el presente Capítulo, la siguiente información:

I.- El Plan Municipal de Desarrollo, así como los planes y programas operativos anuales que se deriven de éste;

II.- Las estadísticas e indicadores de gestión en materia de seguridad pública, tránsito y gobierno municipal;

III.- Las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones, que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria;

IV.- Los empréstitos, deudas contraídas, así como la enajenación de bienes inmuebles y vehículos;

V.- Los ingresos por concepto de participaciones y aportaciones federales y estatales; así como por la recaudación que se integre a la hacienda pública municipal;

VI.- Los indicadores de gestión de los servicios públicos que presten los Ayuntamientos;

VII.- Las actas de las sesiones del cabildo y sus comisiones, detallando la asistencia, votaciones y resoluciones que durante tales sesiones se hubieren emitido;

VIII.- El calendario de actividades culturales, deportivas o recreativas a realizar;

IX.- Los programas de exenciones o condonaciones de impuestos municipales o regímenes especiales en materia tributaria local, así como los requisitos establecidos para la obtención de los mismos;

X.- La información que muestre el estado que guarda su situación patrimonial, incluyendo la relación de los bienes muebles e inmuebles y los inventarios relacionados con altas y bajas en el patrimonio del municipio;

XI.- Los proyectos de reglamentos, bandos municipales u otras disposiciones administrativas de carácter general que se sometan a consideración del Ayuntamiento, así como el estado que guardan.

XII.- Estadística de los cuerpos de seguridad del municipio, incluyendo: estado de fuerza, resultado de certificación, programa de contratación e indicadores de desempeño;

XIII.- Las iniciativas de ley, decretos, reglamentos o disposiciones de carácter general o particular en materia municipal;

XIV.- Los usos de suelo a través de mapas y planos georreferenciados que permitan conocer de manera rápida y sencilla el tipo de uso de suelo con que cuenta cada predio, así como el Plan Municipal de Desarrollo Urbano, o documentos similares que permitan conocer las reglas de uso de suelo y los tipos de uso de suelo permitidos en los predios del municipio;

XV.- Calendario con horarios, número de unidad y teléfonos de servicio de recolección de basura;

XVI.- El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos;

XVII.- El atlas municipal de riesgos en versión digital;

XVIII.- Un listado con el nombre de personas físicas o morales y la ubicación del predio que cuenten con constancia de uso de suelo o licencia de funcionamiento donde se desarrollen actividades del sector energético y de exploración, explotación y beneficio de minerales o sustancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos;

XIX.- Actas de reuniones del Consejo Consultivo del organismo operador de agua potable y alcantarillado;

XX.- Cuentas públicas del organismo operador de agua potable, alcantarillado y saneamiento;

XXI.- Programas de ordenamiento ecológico municipal decretados y bitácora ambiental;

XXII.- Los programas de desarrollo urbano municipal vigentes, incluyendo tablas de compatibilidades de uso de suelo, mapas y anexos;

XXIII.- Listado de congruencias de uso de suelo aprobadas para la obtención de concesiones de Zona Federal Marítimo Terrestre;

XXIV.- Listado con el nombre de las personas físicas o morales registrados como micro generadores de residuos peligrosos y biológico-infecciosos;

XXV.- Listado de licencias de construcción autorizadas y directores responsables de obra;

XXVI.- Las asignaciones de agua autorizadas por la Comisión Nacional del Agua al organismo operador de agua potable y alcantarillado;

XXVII.- Los estudios que se realicen sobre la calidad del agua destinada al servicio de agua potable en el municipio y los mantos acuíferos, así como los resultados obtenidos de los mismos; y,

XXVIII.- Los resultados de estudios de calidad del aire por municipio.

Transparencia

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